Condiciones generales

Condiciones generales de venta

Las entregas de Bada Hispanaplast, S.A. y todos los aspectos relacionados con dichas entregas, cumplirán de forma rigurosa las siguientes condiciones de venta. Estas condiciones tienen prioridad sobre las condiciones de compra del comprador. Las condiciones de venta son también válidas para futuras transacciones, incluso cuando no se acuerde de forma expresa. Por la presente se contradice cualquier referencia del comprador a sus términos y condiciones. Las condiciones de venta se aplicarán también a todas las transacciones futuras, aunque no se acuerden de nuevo expresamente. Las desviaciones de las presentes condiciones de venta requieren el consentimiento expreso y por escrito de Bada AG.

1. ofertas
Las ofertas de Bada AG están sujetas a cambios.

2. precios
En caso de que Bada AG modifique los precios del producto a entregar o las condiciones de pago en general en el periodo comprendido entre la celebración del contrato y la entrega, Bada AG tendrá derecho a aplicar los precios o condiciones de pago vigentes el día de la entrega. En caso de aumento del precio, el comprador tendrá derecho a rescindir el contrato en un plazo de 14 días a partir de la notificación del aumento del precio.

3. datos del producto
3.1 Salvo pacto en contrario, la calidad de la mercancía resulta de las especificaciones del producto de Bada AG.
3.2 Las propiedades de las muestras y especímenes sólo son vinculantes en la medida en que se hayan acordado expresamente como propiedades de la mercancía. Las condiciones y otros detalles sólo están garantizados si se acuerdan de antemano.

4. asesoramiento e información
En la medida en que Bada AG preste servicios de consultoría, lo hará según su leal saber y entender. Los detalles y la información sobre la idoneidad y el uso de los bienes no eximen al comprador de sus propias comprobaciones y pruebas.

5. daños durante la entrega y el transporte
Salvo pacto en contrario, Bada AG entregará siempre a portes pagados hasta el lugar de destino convenido (CPT) conforme a los Incoterms. Las reclamaciones por daños de transporte deberán ser comunicadas por el comprador directamente a la empresa de transportes con copia a Bada AG dentro de los plazos especiales previstos para ello. Salvo que se acuerde lo contrario en casos concretos, el comprador es responsable del cumplimiento de la normativa legal y oficial sobre importación, transporte, almacenamiento y uso de la mercancía. Los productos de Bada AG se entregan en embalajes estandarizados. Bada AG se ofrece a recuperar el material de embalaje. Las posibilidades de rescate requieren un acuerdo previo.

6. intereses de demora
En caso de demora en el pago por parte del Comprador, Bada AG tendrá derecho a cobrar intereses de demora por importe del tipo EURIBOR (Euro Interbank Offered Rate) a un mes aplicable en el momento de producirse la demora más un 5% de puntos, pero como mínimo un 9%.

7. responsabilidad
En principio, Bada AG es responsable de los daños y perjuicios conforme a las disposiciones legales.

8. derechos del comprador en caso de defectos
8.1 Los defectos de la mercancía que puedan detectarse durante una inspección adecuada deberán comunicarse a Bada AG en el plazo de cuatro semanas a partir de la recepción de la mercancía; los demás defectos deberán comunicarse a Bada AG en el plazo de cuatro semanas a partir de su descubrimiento. La notificación debe hacerse por escrito y describir con precisión el tipo y el alcance de los defectos.

8.2 Si las mercancías son defectuosas y el Comprador lo ha notificado debidamente a Bada AG de conformidad con la cláusula 8.1, el Comprador tendrá los derechos legales con las siguientes salvedades:
a) En un primer momento, Bada AG tendrá derecho, a su elección, a subsanar el defecto o a suministrar al Comprador una mercancía libre de defectos (cumplimiento posterior).
b) Bada AG se reserva el derecho a realizar dos intentos de cumplimiento posteriores. Si el cumplimiento suplementario falla o no es razonable para el comprador, éste puede rescindir el contrato o exigir una reducción del precio de compra.
c) La cláusula 7 se aplicará a las reclamaciones por daños y perjuicios y al reembolso de gastos inútiles debidos a un defecto.

8.3 Las reclamaciones del comprador por defectos prescribirán al cabo de un año desde la entrega de la mercancía. En lugar de este plazo de un año, se aplicarán los plazos de prescripción legales en los siguientes casos:
a) en caso de responsabilidad por dolo,
b) en caso de ocultación fraudulenta de un defecto,
c) por reclamaciones contra Bada AG debidas a la defectuosidad de la mercancía si ésta ha sido utilizada para un edificio conforme a su uso habitual y ha causado su defectuosidad,
d) por reclamaciones por daños y perjuicios derivados de lesiones contra la vida, la integridad física o la salud que se basen en un incumplimiento negligente de las obligaciones por parte de Bada AG o en un incumplimiento doloso o negligente de las obligaciones por parte de un representante legal o auxiliar ejecutivo de Bada AG,
e) para reclamaciones por otros daños y perjuicios que se basen en un incumplimiento de obligaciones por negligencia grave por parte de Bada AG o en un incumplimiento de obligaciones por dolo o negligencia grave por parte de un representante legal o auxiliar ejecutivo de Bada AG, y
f) en caso de recurso del comprador sobre la base de las disposiciones relativas a la venta de bienes de consumo.

9 Fuerza mayor
Todos los acontecimientos y circunstancias cuya prevención escape a nuestro control, como fenómenos naturales, guerras, conflictos laborales, escasez de materias primas y energía, interrupciones inevitables del tráfico y de las operaciones, daños por incendio y explosión, casos fortuitos y todos los demás casos de fuerza mayor, nos eximirán de nuestras obligaciones contractuales mientras dure la interrupción y en la medida de sus efectos. Esto también se aplicará en la medida en que los acontecimientos y circunstancias hagan que la realización del negocio afectado sea sosteniblemente antieconómica en un futuro previsible o estén presentes en nuestros proveedores anteriores. Si estos hechos duran más de 3 meses, tenemos derecho a rescindir el contrato.

10. compensación, derechos a denegar el cumplimiento y derechos de retención; garantías
10.1 La compensación con contrarreclamaciones que no sean indiscutibles o legalmente establecidas, así como el ejercicio de los derechos a denegar el cumplimiento y los derechos de retención debidos a contrarreclamaciones que no sean indiscutibles o legalmente establecidas, requieren nuestro consentimiento.

10.2 En caso de dudas justificadas sobre la solvencia del comprador, en particular en caso de demora en el pago, podremos, a reserva de otras reclamaciones, exigir anticipos o garantías para otras entregas y revocar las condiciones de pago concedidas.

11. Conservación del título
11.1 Bada AG conservará la propiedad de cada una de las mercancías enviadas al cliente hasta que éste haya satisfecho todas las reclamaciones pendientes, ya se trate de reclamaciones relativas a la mercancía o a cualquier otro motivo. Mientras el Comprador esté dispuesto a cumplir sus obligaciones y pueda hacerlo, podrá procesar y/o vender los bienes en el curso ordinario de sus negocios.

11.2 En caso de transformación con otros objetos que no nos pertenezcan, el comprador cede ya ahora la copropiedad del nuevo objeto a Bada AG en la proporción del valor de la mercancía, sin perjuicio de la reserva de propiedad de los otros objetos transformados como garantía de nuestros créditos, con la condición de que el comprador conserve el objeto para Bada AG de forma gratuita.

11.3 Los créditos derivados de la venta de mercancías sobre las que Bada AG tenga derechos de propiedad serán cedidos ya en este momento por el cliente a Bada AG como garantía en la medida de su participación en la propiedad de la mercancía vendida. Si el cliente procesa la mercancía suministrada contra pago con una partida principal de un tercero, cede a Bada AG como garantía sus derechos de remuneración frente al tercero hasta el importe del valor de factura de la mercancía suministrada. Bada AG acepta estos encargos.

11.4 A petición de Bada AG, el cliente deberá facilitar toda la información necesaria sobre las existencias de mercancías propiedad de Bada AG y sobre los créditos cedidos a Bada AG, así como informar a sus clientes de la cesión.

11.5 El cliente se compromete a custodiar la mercancía sujeta a reserva de dominio y a asegurarla contra pérdidas y daños a sus expensas. Está obligado a informar inmediatamente a Bada AG en caso de que terceros hagan valer un derecho sobre la mercancía sujeta a reserva de dominio y a apoyar a Bada AG en todas las medidas que adopte para proteger su propiedad.

11.6 Si el valor de las garantías supera en más de un 20 % las pretensiones de Bada AG, ésta liberará garantías de su elección hasta este límite a petición del cliente.

11.7 El derecho del cliente a disponer de la mercancía sujeta a nuestra reserva de dominio, así como a cobrar los créditos cedidos a Bada AG, se extinguirá tan pronto como el cliente cese en el pago y/o caiga en quiebra financiera. Si se dan estas condiciones previas, Bada AG tendrá derecho a exigir la entrega inmediata de la totalidad de la mercancía sujeta a su reserva de dominio, excluyendo el derecho de retención, sin fijar un plazo de gracia ni ejercer el desistimiento.

12. incoterms
Para la interpretación de las cláusulas comerciales, se aplicará la respectiva versión válida de los Incoterms.

13 Lugar de ejecución y jurisdicción
El lugar de cumplimiento de los servicios del comprador es Bühl/Baden. Si el comprador es un comerciante registrado, el lugar de jurisdicción es Bühl/Baden o -a nuestra discreción- el lugar de jurisdicción general del comprador.

14 Legislación aplicable
En principio, se aplicará la legislación vigente en el domicilio social de Bada AG.

Estado: 12/2014

Condiciones generales de compra

§ 1 Generalidades – Ámbito de aplicación

(1) Se aplicarán exclusivamente nuestras Condiciones Generales de Compra; no reconocemos ninguna condición del proveedor que entre en conflicto con nuestras Condiciones Generales de Compra o se desvíe de ellas, a menos que hayamos acordado expresamente su validez por escrito. Nuestras Condiciones de Compra también se aplicarán si aceptamos la entrega del proveedor sin reservas a sabiendas de que las condiciones del proveedor entran en conflicto con nuestras Condiciones de Compra o se desvían de ellas.

(2) Todos los acuerdos celebrados entre nosotros y el proveedor a efectos de la ejecución del presente contrato deberán constar por escrito en el mismo.

(3) Los acuerdos individuales realizados con el Vendedor en casos individuales (incluidos los acuerdos colaterales, suplementos y enmiendas) tendrán en cualquier caso prioridad sobre estas CGC. Un contrato escrito o nuestra confirmación por escrito serán determinantes para el contenido de dichos acuerdos.

(4) Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes que el Vendedor deba hacernos tras la celebración del contrato (por ejemplo, fijación de plazos, recordatorios, declaración de desistimiento) deberán hacerse por escrito para que surtan efecto.

(5) Nuestras Condiciones Generales de Compra sólo se aplicarán a los empresarios de conformidad con el § 310 párr. 4 BGB.

§ 2 Celebración del contrato

(1) Nuestro pedido se considerará vinculante tan pronto como se envíe o confirme por escrito. El vendedor deberá indicarnos los errores evidentes (por ejemplo, errores ortográficos y de cálculo) y el carácter incompleto del pedido, incluidos los documentos del pedido, para que los corrijamos o completemos antes de la aceptación; de lo contrario, el contrato se considerará no celebrado.

(2) El vendedor estará obligado a confirmar nuestro pedido por escrito en un plazo de 2 días laborables o, en particular, a ejecutarlo sin reservas mediante el envío de la mercancía (aceptación). Una aceptación aplazada se considerará una nueva oferta y requerirá nuestra aceptación.

§ 3 Plazo de entrega y retraso en la entrega

(1) El plazo de entrega indicado por nosotros en el pedido es vinculante. El vendedor está obligado a informarnos inmediatamente por escrito en caso de que, por cualquier motivo, no pueda cumplir los plazos de entrega acordados.

(2) Si el Vendedor no cumple o no cumple dentro del plazo de entrega acordado o si el Vendedor incurre en mora, nuestros derechos -en particular a la rescisión y a la indemnización por daños y perjuicios- se determinarán de conformidad con las disposiciones legales.

§ 4 Precios y condiciones de pago

(1) El precio indicado en el pedido es vinculante. Todos los precios son sin IVA.

(2) Salvo que se acuerde otra cosa en cada caso, el precio incluye todos los servicios y prestaciones accesorias del vendedor (por ejemplo, montaje, instalación), así como todos los costes accesorios (por ejemplo, embalaje adecuado, costes de transporte, incluido cualquier seguro de transporte y responsabilidad civil). El vendedor deberá retirar el material de embalaje a petición nuestra.

(3) A menos que se acuerde lo contrario, el precio deberá pagarse en un plazo de 30 días naturales a partir de la entrega y ejecución completas (incluida cualquier aceptación acordada) y la recepción de una factura adecuada.

(4) No debemos intereses de vencimiento. El derecho del vendedor al pago de intereses de demora no se ve afectado. En caso de incumplimiento por nuestra parte, se aplicarán las disposiciones legales. En cualquier caso, el vendedor debe recordárselo.

(5) Nos asistirán los derechos de compensación y retención, así como la excepción de incumplimiento del contrato en la medida prevista por la ley. En particular, tenemos derecho a retener los pagos adeudados mientras sigamos teniendo derecho a reclamaciones contra el Vendedor derivadas de un cumplimiento incompleto o defectuoso.

(6) El Vendedor sólo tendrá derecho de compensación o retención con respecto a contrademandas que hayan pasado a ser cosa juzgada o que sean indiscutibles.

§ 5 Envío, embalaje

(1) Los albaranes de entrega, así como cualquier otra correspondencia relacionada con el pedido, contendrán los datos del pedido de Bada AG, en particular el número de pedido y la designación del material. Además, la entrega irá acompañada de un certificado de prueba de fábrica del material entregado, salvo que se acuerde expresamente lo contrario, a menos que ya se haya enviado por adelantado.

(2) La obligación del proveedor de recuperar los envases se regirá por las disposiciones legales.

(3) En el marco de la entrega y el transporte de sustancias peligrosas en el sentido de la Ley de Transporte de Mercancías Peligrosas, así como de otras ordenanzas legales, el contratista se compromete a cumplir las disposiciones legales. En caso de que deban observarse normas especiales, en particular para la descarga, el transporte y el almacenamiento de la mercancía, deberá comunicárnoslo previamente por escrito.

§ 6 Entrega defectuosa

(1) Para nuestros derechos se aplicarán las disposiciones legales en caso de defectos materiales y defectos de titularidad de la mercancía (incluidas la entrega errónea y la entrega incompleta, así como el montaje incorrecto, el montaje defectuoso, el funcionamiento o las instrucciones de funcionamiento) y en caso de otros incumplimientos del deber por parte del vendedor, a menos que se estipule lo contrario a continuación.

(2) De conformidad con las disposiciones legales, el vendedor será responsable, en particular, de garantizar que la mercancía tenga la calidad acordada cuando el riesgo pase a nosotros. En cualquier caso, aquellas descripciones de productos que -en particular por designación o referencia en nuestro pedido- sean objeto del respectivo contrato o hayan sido incluidas en el mismo de la misma forma que estas CGC se considerarán un acuerdo sobre la calidad. Es indiferente que la descripción del producto proceda de nosotros, del vendedor o del fabricante.

(3) No obstante lo dispuesto en el artículo 442 (1) frase 2 del Código Civil alemán (BGB), también tendremos derecho a reclamaciones ilimitadas por defectos si el defecto permanecía desconocido para nosotros en el momento de la celebración del contrato debido a negligencia grave.

(4) Las disposiciones legales (§§ 377, 381 HGB) se aplicarán a la obligación comercial de inspeccionar y notificar los defectos, con la siguiente salvedad: Nuestra obligación de inspeccionar se limitará a los defectos que se manifiesten durante nuestra inspección de entrada de mercancías bajo valoración externa, incluyendo los documentos de entrega, así como durante nuestro control de calidad en el procedimiento de muestreo aleatorio (por ejemplo, daños de transporte, entrega errónea o incompleta). En la medida en que se haya acordado la aceptación, no habrá obligación de inspección. Además, depende de hasta qué punto es factible una investigación en el curso ordinario de los negocios, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso.

Nuestra obligación de notificar los defectos descubiertos posteriormente no se verá afectada. En todos los casos, nuestra reclamación (notificación de defecto) se considerará inmediata y oportuna si el Vendedor la recibe en un plazo de 20 días laborables.

(5) Si el vendedor no cumple con su obligación de prestación posterior -a nuestra elección, subsanando el defecto (rectificación) o entregando un artículo libre de defectos (sustitución)- dentro de un plazo razonable fijado por nosotros, podremos subsanar el defecto nosotros mismos y exigir al vendedor el reembolso de los gastos necesarios para ello o un anticipo correspondiente. Si el cumplimiento posterior por parte del Vendedor ha fracasado o no es razonable para nosotros (por ejemplo, debido a una urgencia especial, riesgo para la seguridad operativa o inminente aparición de daños desproporcionados), no es necesario establecer un plazo; el Vendedor debe ser informado inmediatamente, si es posible con antelación.

(6) De lo contrario, en caso de defecto material o vicio de la titularidad, tendremos derecho a reducir el precio de compra o a rescindir el contrato de conformidad con las disposiciones legales. Además, tenemos derecho a una indemnización por daños y perjuicios y gastos de conformidad con las disposiciones legales.

§ 7 Pago

(1) Las facturas se presentarán por separado y en debida forma una vez efectuada la entrega. Las cantidades y pesos reales, así como los precios acordados, serán determinantes para el pago.

(2) El pago se efectuará de la forma habitual. Se considerará que el pago se ha efectuado a tiempo si se ha emitido una orden de transferencia o se ha enviado un cheque el último día del plazo de pago.

(3) La liquidación de una factura no se considerará una renuncia a una notificación de defectos con respecto a las mercancías facturadas.

§ 8 Conformidad de las normas

(1) El proveedor está obligado a cumplir las disposiciones legales sobre seguridad de los productos, así como las normas laborales mínimas aplicables a escala internacional.

(2) En particular, el proveedor se compromete a no participar directa o indirectamente, activa o pasivamente, en ninguna forma de soborno, corrupción, trabajo forzoso o infantil, ni a tolerarlos.

§ 9 Responsabilidad del productor

(1) Si el vendedor es responsable de daños en el producto, nos indemnizará por reclamaciones de terceros en la medida en que la causa se encuentre dentro de su ámbito de control y organización y él mismo sea responsable frente a terceros.

(2) Dentro del ámbito de su obligación de indemnización, el Vendedor correrá con los gastos de conformidad con la Sección 2. §§ 683, 670 del Código Civil alemán (BGB) que surjan de o en relación con una reclamación de un tercero, incluidas las acciones de revocación llevadas a cabo por nosotros. Informaremos al vendedor sobre el contenido y alcance de las medidas de retirada -en la medida de lo posible y razonable- y le daremos la oportunidad de presentar sus observaciones. Otras reclamaciones legales no se verán afectadas.

(3) El Vendedor contratará y mantendrá un seguro de responsabilidad civil por productos defectuosos con una cobertura global de al menos 2,5 millones de euros por daños personales/daños materiales.

§ 10 Secreto

(1) El proveedor tratará las consultas, pedidos, entregas y servicios como secretos comerciales.

(2) Todos los detalles y documentos, incluidos modelos, herramientas, etc., que se hayan facilitado al proveedor o que éste fabrique de acuerdo con nuestras especificaciones, así como cualquier otra información recibida, no podrán utilizarse para fines distintos de los expresamente aprobados por nosotros y no podrán reproducirse ni ponerse a disposición de terceros.

(3) Los documentos seguirán siendo de nuestra propiedad y deberán sernos entregados inmediatamente a petición en cualquier momento.

(4) Estas disposiciones permanecerán en vigor incluso después de la terminación de la relación comercial.

§ 11 Limitación

(1) Los créditos recíprocos de las partes contratantes prescribirán conforme a las disposiciones legales, salvo que a continuación se disponga otra cosa.

(2) En contra de lo dispuesto en el art. 438 párr. 1 nº 3 del BGB, el plazo general de prescripción de las reclamaciones por defectos será de 3 años a partir de la transmisión del riesgo. En la medida en que se haya acordado la aceptación, el plazo de prescripción comenzará a contar a partir de la aceptación. El plazo de prescripción de 3 años se aplicará mutatis mutandis a las reclamaciones derivadas de defectos de titularidad, por lo que el plazo de prescripción legal para reclamaciones reales de terceros por la entrega de la propiedad (§ 438 párrafo 1 nº 1 BGB) no se verá afectado; las reclamaciones derivadas de defectos de titularidad tampoco prescribirán en ningún caso mientras el tercero todavía pueda hacer valer el derecho -en particular en ausencia de un plazo de prescripción- frente a nosotros.

(3) Los plazos de prescripción de la ley de compraventa, incluida la prórroga mencionada, se aplicarán -en la medida legal- a todas las reclamaciones contractuales por defectos. En la medida en que también tengamos derecho a reclamaciones extracontractuales por daños debidos a un defecto, se aplicará para ello el plazo de prescripción legal ordinario (§§ 195, 199 BGB), a menos que la aplicación de los plazos de prescripción de la ley sobre ventas conduzca a un plazo de prescripción más largo en casos individuales.

§ 12 Elección de la ley aplicable y del fuero competente

(1) A estas CGC y a todas las relaciones jurídicas entre nosotros y el Vendedor se aplicará el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de todos los ordenamientos jurídicos (contractuales) internacionales y supranacionales, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Los requisitos y efectos de la reserva de dominio están sujetos al derecho del lugar respectivo de la cosa, en la medida en que la elección del derecho efectuada a favor del derecho alemán sea inadmisible o ineficaz con posterioridad.

(2) Si el Vendedor es un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, la jurisdicción exclusiva -incluida la internacional- para todos los litigios derivados de la relación contractual será nuestro domicilio social en Bühl/Baden. No obstante, también tenemos derecho a interponer una demanda en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega.

Estado: 11/2016

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